martes, 30 de septiembre de 2025

El derecho internacional y la ley del más fuerte

Por Ramón Soriano 

Maquiavelo, depurado y desterrado por los Médici de Florencia, se retiró a una pequeña propiedad en San Casciano in Val de Pesa y escribió durante varias noches su experiencia y opiniones políticas en su obra,  El Príncipe, que tiene hoy la misma vigencia que cuando fue escrita en 1513. Es una monografía que debiera leerse en los institutos, porque cuenta cómo son las cosas de la política y no cómo deberían de ser. La falta de entendimiento de que Maquiavelo escribía como sociólogo y no como ético,  desde la sociología y no desde la moral, fue causa de la quema de sus escritos por la Iglesia católica. Lo que expongo a continuación tiene la misma finalidad: describir los asuntos políticos, no cómo deberían ser, sino cómo realmente son. Y espero tener mejor suerte que Maquiavelo y que ningún Gobierno queme mis escritos. Que la cancelación escrituraria está a la orden del día otra vez en nuestro país.  

Creo que el mejor método de ver y comprobar la fortaleza del derecho internacional es hacer un repaso de la situación y competencias reales de los tres poderes internacionales: legislativo, ejecutivo y judicial. 

Poder legislativo internacional

El Poder legislativo aprueba normas jurídicas, pero sus normas no son respetadas. La causa es el enorme desequilibrio de poder en la estructura de Naciones Unidas entre un Consejo de Seguridad, una especia de poder supremo intocable, y una Asamblea General carente de decisiones vinculantes. Estamos asistiendo al espectáculo de una Asamblea General  clamando por el alto el fuego de Israel contra Gaza y sin embargo el veto de Estados Unidos, miembro del Consejo de Seguridad,  impide que el fuego acabe. Es un hecho reiterado que las normas jurídicas de Naciones Unidas se comportan como las normas programáticas y orientativas de los Estados en materia de derechos sociales. Son norma jurídicamente válidas, pero carentes de eficacia

Muchas normas vigentes no se aplican en la esfera internacional, porque son normas impotentes con pérdida de eficacia desde su promulgación o en desuso, porque ya no se aplican, a pesar de su vigencia. Sucede lo mismo con los derechos de los Estados, donde no faltan normas impotentes y en desuso, pero no llegan a ser tan numerosas como este tipo de normas en la esfera supraestatal. Por otro lado, los Estados se muestran tibios tanto al reconocimiento de las normas supraestatales como, sobre todo, a su práctica, a pesar de que algunos Estados declaran como derecho interno los tratados internacionales, como es el caso de España.

 La falta de eficacia de las normas supone un problema de falta de confianza de la ciudadanía en el derecho. ¿Por qué va a sentirse uno obligado, si otros no respetan las normas que debe cumplir? Últimamente lo vemos en el genocidio de Palestina. Naciones Unidas ha exigido a Israel el cumplimiento de sus resoluciones desde el nacimiento del Estado de Israel. Entre ellas la creación de un Estado palestino. Pero Israel no cumple las resoluciones y Naciones Unidas se desacredita. En la actualidad todas las resoluciones de Naciones Unidas para  detener el genocidio palestino han sido desobedecidas por Israel, que es miembro de Naciones Unidas, con la complicidad de Estados Unidos, también miembro de Naciones Unidas.

Son numerosos los campos del derecho internacional que son constantemente vulnerados. Tenemos en la mente la foto fija del derecho humanitario internacional, quebrantado constantemente por el Gobierno israelí, pero ahí tienen los casos -ya van tres- de destrucción de embarcaciones venezolanas por Estados Unidos sin respeto a los procedimientos jurídicos internacionales. Estados Unidos no detiene e investiga, sino que directamente destruye ¿Pruebas? Ninguna. La que el hegemón quiera inventarse. ¿Derecho internacional? No. La ley del más fuerte.

Poder judicial internacional

El Poder judicial internacional también tiene serios problemas para que sus normas sean respetadas. Con ocasión del genocidio palestino se ha puesto de manifiesto la ineficacia de uno de los más importantes órganos de justicia de Naciones Unidas, la Corte Penal Internacional, creada en 2002 por el Estatuto de Roma. Nos sirve de ejemplo paradigmático. No es que no se haga caso a la Corte Penal Internacional, que sirva para poco; es que es perseguida por realizar su tarea. El presidente estadounidense Trump ha sancionado a algunos miembros de la Corte por involucrar en sus decisiones a soldados de su país. La Corte ha dictado órdenes de detención de Netanyahu, primer ministro israelí,  y éste se desplaza sin problemas por Bielorrusia, Hungría o Estados Unidos  y nadie le detiene. El descrédito de la Corte no puede ser mayor. Únicamente ha condenado a seis personas y todas de países del Sur Global, no del poderoso Occidente.  ¿Tantos recursos humanos y materiales, tantos costes, para que en 22 años la Corte Penal Internacional  haya condenado a seis personas?.

La Corte nace ya herida de muerte por su dependencia respecto al Consejo de Seguridad y porque únicamente este Consejo, la Fiscalía y los Estados pueden presentar una denuncia. Es una inmensa laguna, porque los Estados giran alrededor de intereses creados y mutuas obligaciones les impiden actuar con libertad e imparcialidad. El Estatuto de Roma debió de abrir la legitimidad procesal activa a organizaciones no estatales, que no presentan las rémoras inmovilizantes de los Estados.

Poder ejecutivo internacional

El secretario general de Naciones Unidas es un político mendicante por los Estados, para que se cumplan las resoluciones de la organización mundial a la que representa, que muchas veces colisionan con los intereses de las poderosas potencias reunidas en el Consejo de Seguridad. Lo estamos viendo con frecuencia en los telediarios: el suplicante secretario general, António  Guterres, llamando sin éxito al cumplimiento de las decisiones de  Naciones Unidas. El secretario general es un moderador de las relaciones internacionales; influye, aconseja, pero no manda. Nada que ver con las decisiones del jefe del Gobierno de un Estado.

El Poder ejecutivo internacional no pasa de ser un convidado de piedra, al que se le hace caso o no según le convengan a los Estados de primer nivel. Su incapacidad se manifiesta en los conflictos en los que se practica la destrucción de los derechos humanos y se ejecuta el genocidio de un pueblo, porque por encima del secretario general y sus comisarios está la zona de influencia que controla cada una de las pocas potencias poderosas del mundo. La primera potencia, Estados Unidos, incluso se desentiende de Naciones Unidas, y practica su internacionalismo distintivamente estadounidense (expresión creada por la influyente escuela  neoconservadora), actuando unilateralmente, sin hacer caso a Naciones Unidas ni a sus aliados. Lo vimos en la guerra del presidente G. Bush, acompañado por Aznar y Blair, contra Irak en marzo de 2003.  Y en varias campañas bélicas del presidente Obama. También Obama, premiado con el Nobel de la Paz, practicó el internacionalismo estadounidense a su aire, unilateralmente, al margen del dictado de Naciones Unidas.

Conclusión

Ha desaparecido en gran parte el derecho internacional como lo hemos conocido, sobre todo el derecho internacional humanitario, que comenzó con las Convenciones de Ginebra regulando la  guerra a finales del siglo XIX, a las que ha hecho añicos la complicidad de Israel y Estados Unidos y la cobardía de la Unión Europea. Estamos ante otro derecho internacional en gestación, cuyo norte y formas son todavía imprecisas, y es complicado aventurar ya un pronóstico. Lo único fiable es asegurar que se tratará de un nuevo derecho internacional vigilado y controlado por las grandes potencias, que no se fían unas de otras. Probablemente un derecho internacional fundamentalmente convencional con escasas normas jurídicas, que tendrá como objeto acotar las zonas de influencia de los Estados hegemónicos.  

Hemos vuelto en la esfera internacional al estado de naturaleza, que predicaba la teoría contractualista del derecho -desde los iusnaturalistas hispanos de los siglos  XVI-XVII a los liberales franceses del XVIII-. Esta teoría diseña  el paso del estado de naturaleza, donde imperaba la ley de la fuerza, a la sociedad civil, la cual crea mediante un contrato social un Estado protector de los derechos de las personas. Hemos vuelto hacia atrás. Estamos en los comienzos de un recorrido en sentido contrario: del Estado democrático al Estado absoluto. El desmantelamiento de un edificio jurídico que tanto tiempo y esfuerzos ha costado construir.  

 https://www.publico.es/opinion/columnas/derecho-internacional-ley-fuerte.html#google_vignette

1 comentario:

silvio dijo...

Lindo el primer concierto de anoche en Santiago. Gracias, Chile.